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Existen numerosos procesos de filiación extramatrimonial, de alimentos, o de impugnación de nombre, donde la Prueba del ADN es la forma más efectiva y rápida para demostrar la verdad en un proceso. Esta prueba puede ser solicitada por una de las partes, eventualmente por acuerdo entre ambas partes, ó por orden directa del juez. En la primera situación se trata de Peritos de Parte y en la segunda de Peritos de Oficio.

Los profesionales de Bio Links participamos en los procesos judiciales en calidad de Perito de Parte o Perito de Oficio.

Para lograr nuestra participación como Peritos de Parte se requiere seguir los siguientes pasos:

1.

Una de las partes, o ambas partes, involucradas en el proceso judicial solicitan al juez que ordene la Prueba del ADN

 

2. 

El Juzgado nos nombra como Peritos de Parte.

 

3. 

Se firma un contrato entre Bio Links y la(s) parte(s) que contratan los servicios de Bio Links. Allí se estipula la forma de fraccionamiento de pago

 

4. 

Los Peritos de Bio Links juramentan por escrito al Juzgado correspondiente.

 

5. 

Se realiza la Audiencia de toma de muestras.

 

6. 

Los resultados de la pericia, disponibles en 10 días útiles, son entregados directamente al Juez, una vez cancelada la totalidad del costo de la prueba. Se entregan 3 documentos idénticos, uno para el juzgado y los otros dos para cada una de las partes.

 

7. 

Bio Links participa en la Audiencia de Ratificación de Pruebas, donde los Peritos exponemos los resultados originales y atendemos las preguntas de los participantes de la audiencia.




 

 

 

 

 

 

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