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Existen numerosos procesos de filiación
extramatrimonial, de alimentos, o de impugnación de nombre, donde la Prueba del ADN es la forma más efectiva y
rápida para demostrar la verdad en un proceso. Esta prueba puede ser
solicitada por una de las partes, eventualmente por acuerdo entre ambas
partes, ó por orden directa del juez. En la primera situación se trata de
Peritos de Parte y en la segunda de Peritos de Oficio.
Los profesionales de Bio
Links participamos en los procesos judiciales en calidad de Perito de Parte
o Perito de Oficio.
Para lograr nuestra participación como Peritos de
Parte se requiere seguir los siguientes pasos:
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1.
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Una de las partes, o ambas
partes, involucradas en el proceso judicial solicitan al juez que ordene
la Prueba del ADN
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2.
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El Juzgado nos nombra como Peritos de Parte.
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3.
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Se firma un contrato entre Bio Links y la(s) parte(s) que contratan los
servicios de Bio Links. Allí se estipula la
forma de fraccionamiento de pago
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4.
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Los Peritos de Bio Links juramentan por escrito al Juzgado
correspondiente.
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5.
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Se realiza la
Audiencia de toma de muestras.
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6.
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Los resultados de la pericia,
disponibles en 10 días útiles, son entregados directamente al Juez, una
vez cancelada la totalidad del costo de la prueba. Se entregan 3 documentos
idénticos, uno para el juzgado y los otros dos para cada una de las
partes.
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7.
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Bio Links
participa en la
Audiencia de Ratificación de Pruebas, donde los Peritos
exponemos los resultados originales y atendemos las preguntas de los participantes
de la audiencia.
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